El ayuntamiento de Puebla sancionará a quien no cumpla con el COREMUN
Puebla, Pue.- Con las recientes reformas al Código Reglamentario Municipal del municipio de Puebla, a partir de enero de 2020, los establecimientos comerciales no podrán ofrecer más bolsas de plástico ni popotes de un solo uso, so pena de ser acreedores a sanciones por parte del ayuntamiento.
En un comunicado, el ayuntamiento de Puebla destaca que a partir de estas reformas al COREMUN, ahora, las facultades del Ayuntamiento: Podrá implementar programas municipales que coadyuven en la prohibición y eliminación de bolsas, envases de poliestireno expandido y popotes de plástico. De igual manera se encargará de promover la investigación y desarrollo de materiales reutilizables para las empresas fabricantes, así como fomentar actividades de educación ambiental y capacitación para generar conciencia.(Artículo1721fracciónXII)
Además la Prohibición expresa a los negocios: Se prohíbe la entrega de bolsas de plástico desechables, popotes de plástico o envases de poliestireno expandido a Establecimientos de giros comerciales susceptibles de Aviso de Apertura de Negocio y Establecimientos de giros comerciales obligados a obtener Licencia de Funcionamiento así como a aquellos en los que se vendan, consuman o enajenen bebidas alcohólicas.(Artículo1813bis)
Excepción a la prohibición. Cuando los popotes tengan como finalidad el ser empleados en hospitales o por cuestiones médicas.(Artículo1813ter)
Obligaciones delos negocios: Deberán incentivar y brindar facilidades al público para llevar sus propias bolsas reutilizables o elementos que no sean de un solo uso y que sirvan para la carga o traslado de productos o mercancías, quedando exceptuadas aquellas que se empleen por razones de higiene o conservación de alimentos.(Artículo1813Quáter)
Entrada en vigor. Reformas al Código Reglamentario Municipal Entrarán en vigor a partir del primero de enero del año dos mil veinte. Prohibición y entrega de bolsas de plástico desechables y popotes de plástico Ciento veinte días naturales después de la entrada en vigor. Prohibición en cuanto al uso y entrega de envases de poliestireno expandido Doscientos diez días naturales después de la entrada en vigor.