Puebla, Pue.- Los regidores del cabildo poblano avalaron por unanimidad sancionar el acoso callejero en espacios públicos, por lo que una vez publicado en el Diario Oficial del Estado, aquellos individuos sean hombres o mujeres, serán sancionados económicamente hasta por 8 mil pesos y 36 horas de arresto.
Durante sesión ordinaria, María de los Ángeles Ronquillo Blanco, regidora sin partido, reveló que durante su juventud fue abusada sexualmente, lo que dio paso a una reflexión de lo que deben vivir y transitar las mujeres en este tipo de situaciones.
“¿Y si hubiera resultado embarazada?”, cuestionó durante su participación, afirmando que nadie tiene derecho a decidir sobre el cuerpo o la integridad de cada persona.
“Quería decirlo para aprovechar los pocos momentos que tenemos como cabildo y decirle a las mujeres que no es nuestra culpa que no somos nosotras las que nos exponemos, es una sociedad que no ha querido mejorar. Esto no es un logro, es un paso que surge a raíz de la violencia”.
Un paso al frente pero hace falta por mejorar: Banck
Luego de la declaración de Ángeles Ronquillo vinieron las manifestaciones de solidaridad incluyendo la del presidente municipal Luis Banck Serrato, quien subrayó que sin duda esto no es un logro pero sí un paso adelante para confirmar que existe convicción de la autoridad para mejorar el entorno de las féminas.
“Es un paso al frente para confirmar nuestra convicción de que las mujeres tienen derecho de vivir libre de acoso y de violencia”, dijo, y recordó que de acuerdo al INEGI una de cada dos mujeres ha sufrido violencia sexual en su vida, pero también padecen distintas firmas de acoso como tomar fotos sin autorización silbidos, roces cuerpo a cuerpo, piropos y silbidos.
“El acoso sexual es un delito y esto debe estar en las mentes de quienes se sienten con derecho de intimidar y violentar sin pensar en la consecuencia que sus actos tienen en las victimas”.
Detalló que en la reforma del Coremun se establecen dos formas para denunciar el acoso callejero, la primera es la obligación de la fuerza pública municipal de detener en flagrancia a los acosadores.
En el segundo, refirió, la afectada puede recurrir a los juzgados calificadores ante la ausencia de un policía.
“Las mujeres tienen derecho y la posibilidad de acudir con testigo y datos de la persona, fotografía si se puede, y proceder en consecuencia. Se han fincado hasta 8 mil y 36 horas a quien el falta al respeto y la obligación de quien esté detenido 36 horas curse talleres de capacitación”.
Con la iniciativa, se obligará al infractor acudir a un programa o taller de sensibilización y concientización, con el objetivo de evitar futuras reincidencias, mismo que impartirá el Instituto Municipal de las Mujeres, quedando lo anterior en el artículo 209 Bis.
En tanto, en el artículo 201 cita: se consideran faltas administrativas o infracciones al presente capítulo: expresiones verbales con connotación sexual o lasciva, tales como palabras comentarios, jadeos, silbidos o cualquier sonido que puedan aludir al cuerpo, la sexualidad a la forma de vestir o a la edad.
También, conductas no verbales con connotación sexual o lasciva, tales como exhibición de genitales, masturbación, actos que involucren contacto corporal, tocamientos, roces intencionales u opresión de genitales contra el cuerpo.
Invitaciones, insinuaciones, solicitudes o proporciones para actos lascivos o connotación sexual y captaciones de imágenes, videos o cualquier registro audiovisual del cuerpo o de alguna parte de él, con connotación sexual o lasciva.