Puebla, Pue.-Los concesionarios del transporte público deben ser obligados por el gobierno del estado a instalar en las unidades del transporte público cámaras de vigilancia, con la intención de disminuir los asaltos a usuarios.
Rendón Tapia, dijo que los concesionarios deben contribuir a la seguridad de los usuarios, por lo que es necesario que busquen las alternativas necesarias para garantizar que los poblanos se sientan seguros en este servicio público. Destacó que ya son varias las ocasiones en las que se les ha planteado a los transportistas, la necesidad de aplicar estos sistemas de video vigilancia, con la intención de que por lo menos, se puedan ir identificando a los delincuentes, que asaltan estas unidades de transporte público.
“Lo que nosotros hemos planteado a muchos transportistas, es la necesidad de que haya una cámara adentro del vehículo, por lo menos par detectar a los delincuentes, por que hasta el momento, es un problema de seguridad pública, no es un problema de transporte, pero se da en el transporte, por lo que hay que proponer medidas”
Por su parte la diputada Geraldine González Cervantes, dio a conocer que según datos del sitio de transparencia del Gobierno del Estado, actualmente existen 12 mil 600 concesiones de servicio público de transporte, 19 mil 75 permisos de taxi y 1150 permisos de taxi local.
“El servicio de transporte al ser de naturaleza pública, debe garantizar el bienestar y seguridad de la ciudadanía con su prestación”
De acuerdo a la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública 2016 (ENVIPE), para el 2015 a nivel nacional el robo o asalto en calle o transporte público, con 8 millones 252 mil 297, fue el segundo delito reportado con mayor frecuencia.
Pese a lo planteado, de acuerdo a declaraciones recientes del Titular de la Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito Municipal de Puebla, en lo que va del año apenas han sido detenidos 24 presuntos responsables por el delito de robo en transporte público. “El combate al crimen requiere de la participación de todos los actores sociales”.
Uno de los mayores obstáculos para la prevención y sanción del delito radica en la falta de denuncia. De acuerdo a la ENVIPE, durante el 2015, el porcentaje de delitos no denunciados o que no derivaron en averiguación previa fue de 93.7% a nivel nacional, mientras que en 2014 fue de 92.8%.
La ENVIPE 2016 estima que los principales motivos que llevan a la población víctima de un delito a no denunciar son circunstancias atribuibles a la autoridad, tales como considerar la denuncia como pérdida de tiempo (3.3%) y la desconfianza en la autoridad (16.6%)7.
Si bien existe coincidencia en que el estado debe mejorar sus formas y métodos de recepción y atención de la denuncia, como sociedad sería irresponsable desentendernos de la solución de esta problemática que a todos nos afecta.
La denuncia nos permite contar con datos reales y concisos sobre la incidencia delictiva, identificar zonas y horarios de riesgo, modus operandi, pero sobretodo, procurar e impartir justicia.
Los tres momentos para la atención de los delitos y sus consecuencias son la prevención, la investigación y la sanción. Con la presente propuesta pretendemos adelantarnos a los acontecimientos y evitar la inversión de tiempo, recursos y capital humano distraidos para atender alguna contingencia, y que bien podrían aprovecharse para el combate de la pobreza.
En concreto, con el punto de acuerdo que hoy someto a su consideración se pretende proyectar la prevención a través de los siguientes esfuerzos:
“Utilización de tecnologías para preservar el bienestar y la tranquilidad en la prestación del servicio público de transporte. Tal es el caso de la instalación de videocámaras y del botón de pánico en las unidades con las que se presta, a fin de desincentivar la comisión de delitos y, en su caso, fortalecer la investigación, procuración y administración de justicia”
“Promover la cultura de la denuncia como principal mecanismo para inhibir los delitos y sancionar las conductas atípicas en general”. La Iniciativa de decreto mediante el cual se adiciona el Código Penal del Estado, se establece que cuando cualquier delito sexual, la privación ilegal de la libertad, los golpes, las lesiones e incluso el homicidio se cometa valiéndose de la prestación del servicio público de transporte, se incrementará la pena corporal que corresponda hasta en una mitad.
Actualmente el Código Penal del Estado, en su artículo 380 fracción XVII, dispone la agravante del delito de robo cuando este se cometa dentro de una unidad del servicio público de transporte. Para el efecto, se incrementa la sanción que corresponda hasta en una mitad.
En esta misma lógica y considerando el incremento de la incidencia delictiva bajo esta modalidad, consideramos oportuno replicar este ejercicio para todos y cada uno de los tipos penales susceptibles de ejecutarse en estas condiciones.